Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro230831
MateriaDerecho Procesal,Civil

El estudio oficioso de la acción es una obligación impuesta por la ley al Juez de Primer Grado, dado que al actor le corresponde probar su acción y al demandado sus excepciones y esto, aun en el caso de que el juicio se hubiere seguido en rebeldía, pues en ese caso también subsiste la obligación del actor de probar la acción, lo que constituye la materia de la sentencia de primer grado. En cambio, la regla que rige la apelación, está contenida en el artículo 423 del Código de Procedimientos Civiles, conforme al cual, el recurso de apelación tiene por objeto que la Sala Civil, confirme, revoque o modifique la sentencia o el auto dictado en la primera instancia, en los puntos relativos a los agravios expresados; esto es, la regla que rige en la apelación consiste en constreñir a la Sala al estudio de los agravios, siendo excepciones a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR