Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Circuito, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro231852
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

El artículo 163 de la Ley de Amparo dispone que la demanda de garantías contra una sentencia definitiva, deberá presentarse por conducto de la autoridad que la emitió; y el artículo 21 de la misma ley requiere que se cuente el término de quince días, desde el siguiente al en que haya surtido efectos conforme a la ley del acto, la notificación del quejoso de la resolución que reclame. De ahí que la suspensión de labores en el Tribunal Colegiado de Circuito (a partir del 16 de diciembre) carezca de relevancia en el caso, puesto que ese término no corre ante la responsable, la...

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