Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Diciembre de 1989 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-12-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1989
Fecha01 Diciembre 1989
Número de registro226642
MateriaDerecho Civil,Civil

Tomando en cuenta que el artículo 371 fracción II del Código Civil del Estado de México, establece que el hijo reconocido tiene derecho a ser alimentado por sus padres, resulta que la circunstancia de que el quejoso se encuentre unido en matrimonio con una persona diferente a la madre del menor para quien se exigen los alimentos, y tenga hijos en su matrimonio, no implica que el padre se libere de la obligación de proporcionar alimentos al hijo habido fuera del matrimonio, que le impone el artículo 371 fracción II del Código Civil citado.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 469/89. O.A.A.. 4 de octubre de 1989. Unanimidad de votos. Ponente: R.S.S.. Secretario: J.A.S.P..

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