Tesis Aislada, , 1 de Diciembre de 1989 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito, 01-12-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1989
Fecha01 Diciembre 1989
Número de registro227212
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 518 y 522 de la Ley Federal del Trabajo, el término de dos meses para la prescripción de las acciones de los trabajadores cuando sean separados de sus trabajos, corre a partir del día siguiente a la fecha de tal separación y, cuando el último día de ese término sea feriado, la prescripción se completará el primer día hábil siguiente. Además, cabe precisar que de acuerdo con lo previsto por el precitado artículo 522 del ordenamiento legal invocado, para los efectos de la prescripción los meses se computan por el número de días que les...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR