Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228603
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme al artículo 886 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, si a la solicitud promovida se opusiere parte legítima, el negocio se hará contencioso, de manera que si el opositor exhibe título de propiedad del dentro inmueble del cual afirma se encuentra enclavado aquél sobre el que versa la jurisdicción voluntaria, con ello legitima su oposición, sin que sea necesario rendir pruebas para acreditar ese aserto, porque ello será materia del juicio contencioso, ya que el precepto legal mencionado no establece dilación probatoria...

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