Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228637
MateriaDerecho Penal,Penal

El hecho de que los delitos por los que se procesa al quejoso configuren un concurso real o material, o un concurso ideal o formal, resulta irrelevante para determinar la procedencia de su libertad caucional, pues el artículo 351 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social del Estado de Puebla, no hace ninguna distinción a ese respecto y establece de manera genérica que en los casos de acumulación, para la libertad caucional, se deberá atender a la suma de los términos medios de la sanción correspondiente a...

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