Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228684
MateriaAdministrativa

La responsable estuvo en lo correcto al aplicar el artículo 335 de las ordenanzas municipales del ayuntamiento constitucional de Oaxaca de J., toda vez que, tal recurso, se encuentra previsto específica y concretamente para la impugnación de las sanciones impuestas, entre las cuales está la multa, y toda vez que el recurso interpuesto por el quejoso fue contra la imposición de una multa por cincuenta mil pesos, por no mostrar la documentación de su negocio de reparación de motocicletas, es claro entonces que se colman los requisitos que tal numeral preve. No siendo aplicable por el contrario el artículo 353 bis...

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