Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228814
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

El hecho de que la Sala responsable haya proveído la admisión de una demanda con la personalidad con que se ostentó el promovente del juicio de nulidad, no es obstáculo para que en sentencia definitiva no se pueda examinar la excepción relativa a la falta de personalidad y, en su caso sobreseer el mismo, porque no es exacto que por la circunstancia de que la autoridad demandada no haya recurrido el auto admisorio de demanda, éste se tenga por consentido y opere la preclusión de su derecho, pues, si la demandada al contestar la demanda opone la excepción de falta de personalidad del promovente del juicio, ésta debe decidirse después de que se trámite en todas...

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