Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228868
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

De conformidad con lo que dispone el artículo 758 del Código Civil del Estado de Michoacán, sólo la posesión que se adquiere y disfruta en concepto de dueño, puede producir la prescripción, lo cual significa que para estimar que se posee con ánimo de propietario, no es suficiente con que el interesado manifieste que detenta la cosa con ese carácter, sino que debe expresar y acreditar el acto jurídico mediante el cual obtuvo el bien que pretende...

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