Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro228980
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

El Código Fiscal de la Federación en sus artículos 230 al 234, establecen las reglas aplicables para el ofrecimiento, desahogo y valoración de pruebas, también juicio de nulidad; de ellos se desprende que es obligación de los contendientes ofrecer sus probanzas en términos del ordenamiento legal en cita. Por las razones expuestas, no resultan aplicables los artículos 79, 80 y 81 del Código Federal de Procedimientos Civiles cuando se argumenta que la responsable debe ordenar la práctica o ampliación de alguna diligencia en términos del artículo 80, de este Código, en virtud de que tal actuación, si bien es factible realizarla, la misma encuentra fundamento en lo dispuesto por el último párrafo del artículo 230 del Código Fiscal de la Federación, el cual dispone la posibilidad de exhibir documentos o practicar diligencias para llegar al conocimiento de la...

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