Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro229464
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si la agraviada, como parte del procedimiento del que emanan los actos reclamados, se duele, en síntesis, por el hecho de que la responsable declaró improcedente la excepción de incompetencia que opuso y, como consecuencia de ello, competente para continuar conociendo del juicio entablado en su contra a un juez del fuero común, debe considerarse que dichos actos no ocasionan un agravio o perjuicio de imposible reparación para que proceda el juicio de garantías ante un juez de Distrito, sino en todo caso, de resultar incorrectos, constituirían violaciones al procedimiento, encuadrables en la fracción XI, en relación con la X, del artículo 159 de la Ley de Amparo, dado que los efectos del acto reclamado no son otros sino los de obligar a la recurrente a litigar ante un juez que estima incompetente. Pero es así que, en caso de existir, esa violación puede quedar prácticamente reparada, si dicho juez al pronunciar su determinación judicial respectiva, la absuelve. Así, en la presunción de existir esa alegada transgresión afectatoria de defensas, no encuadra dentro de los casos en los que deba gestionarse la vía de amparo indirecto, que son aquellos actos que tengan sobre las personas o las...

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