Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Junio de 1989 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-06-1989 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1989
Fecha01 Junio 1989
Número de registro229614
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Conforme a las disposiciones relativas de la Ley Federal del Trabajo, los riesgos de trabajo pueden ocasionar dos tipos básicos de incapacidad permanente, que son la incapacidad parcial, traducida en la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar, y la incapacidad total, que estriba en la pérdida de aquellas aptitudes, imposibilitando para desempeñar cualquier trabajo por el resto de la vida del trabajador. Ahora bien, la indemnización que ha de pagarse al trabajador cuando se trata de incapacidad parcial, debe calcularse tomando como base el tanto por ciento que fije la tabla de valuación de incapacidades consignada en la ley, sin que pueda exceder del máximo establecido. Sin embargo, cuando la incapacidad parcial no consiste únicamente en la disminución de las aptitudes o facultades del trabajador, sino en la anulación de su capacidad de ganancia en relación con su específica profesión, las Juntas de Conciliación y Arbitraje están facultadas para elevar la indemnización hasta el monto de la que correspondería por incapacidad total, en términos del artículo 493 de la Ley Federal de Trabajo, en tal caso, no se está en presencia de una incapacidad total en...

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