Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 1990 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-12-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1990
Fecha01 Diciembre 1990
Número de registro225180
MateriaDerecho Civil,Civil

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia número 286, visible en la página 809 de la Cuarta Parte del último A. al Semanario Judicial de la Federación, ha establecido como presupuestos de la acción de petición de herencia los siguientes: a). que la herencia exista; b). que se haya hecho la declaración de herederos, donde se excluya u omita al actor; y, c). que los bienes de la herencia sean poseídos por el albacea de la sucesión, por el heredero aparente o excepcionalmente por personas distintas de las indicadas. Por otra parte, del artículo 3390 del Código Civil para el Estado de Puebla...

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