Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Junio de 1990 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-06-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1990
Fecha01 Junio 1990
Número de registro225427
MateriaDerecho Constitucional,Común

Para computar el término a que se refiere el artículo 21 de la Ley de Amparo para la interposición de la demanda de amparo en los casos que no se encuentra comprobada la fecha de la notificación al quejoso de la resolución reclamada, debe tomarse como cierta la fecha en la que el propio quejoso se hizo sabedor de la resolución reclamada; sin que pueda decirse que en tal caso, el agraviado deba probar su alegación, en el sentido de que anteriormente no conoció esa resolución ya...

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