Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 1 de Junio de 1990 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, 01-06-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1990
Fecha01 Junio 1990
Número de registro225543
MateriaDerecho Civil,Civil

De conformidad con el artículo 2171 del Código Civil vigente para el Estado de Aguascalientes, la falta de pago del precio da derecho para pedir la rescisión del contrato de compraventa, aunque ésta se haya realizado a plazos, cuando el vendedor se decide por esa opción, pero si opta por el cumplimiento del contrato y esta acción se encuentra sub júdice, la misma excluye y hace por ende improcedente la rescisión, cuyo ejercicio queda supeditado al resultado de aquel juicio, pues no logrado el cumplimiento a través de éste, quedaría expedito el...

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