Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Junio de 1990 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-06-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1990
Fecha01 Junio 1990
Número de registro225648
MateriaDerecho Civil,Civil

Si bien es cierto que existe el principio que establece que las partes deben expresar los hechos constitutivos de sus pretensiones y la autoridad judicial debe aplicar el derecho, no es menos cierto que cuando en un juicio de divorcio la actora omite precisar que la demanda la apoya en la fracción XII, del artículo 267 del Código Civil, no tiene menos que establecerse que no puede decretarse la disolución del vínculo matrimonial que une a las partes con base en esa causal, máxime que si se toma en cuenta que la carga de la prueba de que se ha cumplido con la obligación de proporcionar alimentos corresponde al deudor, y por lo mismo, resulta indispensable que exprese correctamente los hechos materia de la causal a que quiso referirse, y por...

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