Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Junio de 1990 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-06-1990 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1990
Fecha01 Junio 1990
Número de registro225693
MateriaDerecho Procesal,Civil

Tanto en primera como en segunda instancia, pueden hacerse valer excepciones supervenientes con la limitación de que no se haya pronunciado sentencia, y si el legislador no distinguió si éstas podrían hacerse valer hasta antes de que en los autos se citara para sentencia, no le es dable al juzgador hacerlo, de tal forma que si la ley no determina de manera clara y precisa que cuando en los autos ya se citó para sentencia, no deben admitirse...

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