Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Diciembre de 1991 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-12-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1991
Fecha01 Diciembre 1991
Número de registro221054
MateriaDerecho Penal,Penal

De la fracción I del artículo 209 del Código de Defensa Social del Estado de Puebla, que define el delito de encubrimiento, se infiere que una forma de configuración de este delito consiste en que el sujeto activo tenga conocimiento de que se va a cometer un hecho delictuoso y omita cumplir con el deber legal de impedir su consumación, debiendo tal conocimiento fundarse en datos reales, perceptibles, y no en el simple enunciado de una conducta futura de la que se haga confidente a una persona, sin visos de probabilidad en cuanto a su realización. Así que el delito de encubrimiento es omisivo y sólo puede tipificarse si existe el dolo, consistente en la voluntad y conciencia de omitir el empleo de los medios impeditivos, dejando así...

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