Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1991 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-12-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1991
Fecha01 Diciembre 1991
Número de registro221120
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Cuando un trabajador manifiesta prestar sus servicios durante los siete días de la semana y dicha aseveración se presume como cierta por no haber demostrado el patrón, de conformidad con el artículo 784 de la Ley Federal del Trabajo; que el trabajador tenga una jornada no mayor de seis días a la semana con uno de descanso diferente al domingo; resulta procedente el pago de la prima adicional del 25% sobre el salario de los días normales de trabajo a que se refiere el artículo 71 de la ley de la materia, por existir la presunción no desvirtuada de que aquél labora ordinariamente en domingo.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo directo 3433/91. P.P.G.. 30 de abril de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: F. J.M.N.. Secretario: J.M.C..


Amparo directo 2493/90. R.N.S.. 26 de abril de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.H.S.. Secretario: J.L.T.L..


Amparo directo 1123/90. R.M.R.. 20 de marzo de 1990. Unanimidad...

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