Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1991 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-12-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1991
Fecha01 Diciembre 1991
Número de registro221173
MateriaDerecho Procesal,Civil

De acuerdo con lo establecido en los artículos 685 y 686 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, el recurso de reposición que se interpone contra un acuerdo del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, dado que debe sustanciarse en la misma forma que el recurso de revocación, el término para la interposición de tal medio de defensa es de veinticuatro horas siguientes a la notificación del auto impugnado; de ahí que no resulta aplicable al caso el numeral 137, fracción IV, de la ley del enjuiciamiento civil, que se refiere al caso en que la ley no señale términos para la práctica de algún acto judicial, en el cual éste será de tres días.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 1461/87. Ma. E.E.A.. 29 de enero de 1988. Unanimidad de votos...

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