Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Noviembre de 1991 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-11-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Noviembre 1991
Fecha01 Noviembre 1991
Número de registro221337
MateriaDerecho Penal,Penal

La declaratoria de perjuicio a que se refiere el artículo 92, del Código Fiscal de la Federación, respecto del delito de contrabando a la importación, previsto por el diverso numeral 102, fracción II, del propio código, es jurídicamente válida cuando se realiza "vía telex", no obstante que dicho medio de comunicación no esté regulado por el Código Federal de Procedimientos Penales, pues este debe considerarse idóneo para tal efecto, ya que constituye un avance tecnológico eficaz, cuyo uso oficial merece plena credibilidad jurídica en lo que hace al órgano de la administración pública emitente; más aún, si el "telex", dadas sus características peculiares, tiene idéntica función a la del telégrafo, y si éste es idóneo para que la Secretaría de Hacienda formule la...

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