Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Agosto de 1991 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-08-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Agosto 1991
Fecha01 Agosto 1991
Número de registro222142
MateriaDerecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa,Civil

Al establecer los artículo 9o. y 85 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito que la representación para otorgar y suscribir títulos de crédito, únicamente se confiere mediante poder inscrito en el Registro de Comercio o por simple declaración escrita dirigida a la persona con quien habrá de contratar el representante, así como que la facultad para obrar en nombre y por cuenta de otro, no comprende la de obligarlo cambiariamente, ello significa que, si el marido aceptó en lo personal pagar la letra de cambio base de la acción cambiaria, ese título sólo puede jurídicamente hacerse efectivo en bienes propios del suscriptor obligado, no en la copropiedad de la esposa, convenida en sus capitulaciones matrimoniales que rigieron el sistema económico conforme al cual el matrimonio se contrajo, es decir, las reglas que norman la representación y administración de la sociedad conyugal, obviamente no son aplicables al caso, por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, sobre tal materia, tiene un sistema completo que rechaza la aplicación del Código Civil.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo en revisión 17/90. R.P.O.. 8 de mayo de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: A.N.V.. Secretario: G.B.P..


Amparo en...

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