Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Mayo de 1991 (Tesis num. VIII.2o.3 C de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-05-1991 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.3 C
Fecha de publicación01 Mayo 1991
Fecha01 Mayo 1991
Número de registro223066
MateriaDerecho Civil,Civil

Aun cuando el bien no se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad a nombre de la sociedad conyugal, pero aparece que fue adquirido durante la vigencia del matrimonio, la cónyuge puede reclamar que se le respete su derecho del 50% de dicho bien, porque el embargante sólo adquiere un derecho personal que no puede oponerse frente al derecho real de la cónyuge; y por lo tanto, en este supuesto no tiene aplicación la tesis jurisprudencial 1816 visible en la página 2919, segunda parte, salas y tesis comunes, que aparece publicada en el último Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1988, bajo la voz de: "SOCIEDAD CONYUGAL. NECESARIA INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LOS BIENES INMUEBLES A NOMBRE DE LA. PARA QUE SURTA EFECTO CONTRA TERCERO"; por referirse dicha jurisprudencia al caso en el que al cónyuge a cuyo nombre aparece inscrito el inmueble celebra un contrato con un tercero en relación al bien, y no al supuesto de que el embargo deriva de un crédito quirografario.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Amparo en revisión 80/91. M.C.Q.V.. 1o. de marzo de...

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