Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 1 de Abril de 1991 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito, 01-04-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Abril 1991
Fecha01 Abril 1991
Número de registro223214
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Conforme a lo previsto por el artículo 107, fracción III, inciso b) de la Constitución, el amparo indirecto procede contra actos procesales de imposible reparación, entendiéndose por tales, de acuerdo con la tesis de jurisprudencia de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que bajo el número 3a. 43 se publica en la página 59 de la Gaceta número 22-24, octubre-diciembre de 1989, del Semanario Judicial de la Federación, bajo el rubro de "EJECUCION DE IMPOSIBLE REPARACION. ALCANCES DEL ARTICULO 107, FRACCION III, INCISO B), CONSTITUCIONAL. Aquellos actos cuyas consecuencias sean susceptibles de afectar directamente alguno de los derechos fundamentales del hombre o del gobernado, que tutela la Constitución por medio de las garantías individuales, porque la afectación o sus efectos no se destruyen por el solo hecho de que quien las sufre obtenga sentencia definitiva favorable a sus pretensiones en el juicio. Por el contrario, no existe ejecución irreparable si las consecuencias de la posible violación se extinguen en la realidad, sin haber originado afectación alguna a los derechos fundamentales del gobernado y sin dejar huella en su esfera jurídica, porque tal violación es susceptible de ser reparada en amparo directo". Sobre esas bases la resolución que sin posibilidad de ser recurrida desecha la declinatoria hecha valer por la parte demandada en un determinado juicio, rechazándose en esa resolución que la competencia para conocer corresponde al fuero federal y atribuyéndola al Tribunal del fuero común que viene conociendo del asunto, es una resolución cuyos efectos no son de imposible reparación, porque la demandada podrá involucrar esa cuestión en los conceptos de violación que aduzca, si fuera necesario, contra la sentencia definitiva que en su contra se llegare a dictar en el juicio, al reclamarla en amparo directo. En tales condiciones, en el amparo indirecto...

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