Tesis Aislada, Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Marzo de 1991 (Tesis num. I.5o.C.356 C de Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-03-1991 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.5o.C.356 C |
Fecha de publicación | 01 Marzo 1991 |
Fecha | 01 Marzo 1991 |
Número de registro | 223349 |
Materia | Derecho Civil,Civil |
En virtud de la acción de retracto no solamente se nulifica la venta, sino que el inquilino preterido se subroga en los derechos del comprador cabe aclarar que esa nulidad no tiene por objeto volver las cosas al estado que tenían, como sucede en la mayoría de las nulidades, toda vez que su efecto no es que el vendedor devuelva el precio al comprador y que éste a su vez devuelva al vendedor los derechos que le transmitió, sino que el arrendatario ejercitante de la acción de retracto se substituye o subrogue en los derechos y las obligaciones del comprador en los términos y condiciones en que hubiere pactado, devolviendo al comprador el precio que haya pagado; por lo tanto, si en el ejercicio de derecho del tanto puede pagar el inquilino el precio dentro del plazo de quince días que marca el artículo 2448-J del Código Civil para el Distrito Federal, en el ejercicio de la acción de retracto es condición sine qua non que "exhiba el precio con la demanda", puesto que el actor va a subrogarse en los derechos...
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