Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Marzo de 1991 (Tesis num. I.7o.T.105 L de Septimo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-03-1991 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.T.105 L
Fecha de publicación01 Marzo 1991
Fecha01 Marzo 1991
Número de registro223436
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Laboral

La prueba confesional, a cargo de la demandada desahogada a través de apoderado que no tenga facultades para ello, constituye una violación impugnable en amparo directo, junto con la resolución definitiva que se dicte en cuanto al fondo, si ésta es adversa a los intereses del impetrante, acorde a lo previsto en los artículos 158, 159, fracción III y 161 de la Ley de Amparo, por constituir una transgresión a las leyes del procedimiento que afecta las defensas del peticionario, por tratarse de una prueba de éste que no fue recepcionada conforme a la ley.


SEPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 747/90. L.M.V.. 21 de agosto de 1990. Unanimidad de votos. Ponente: M.B.M...

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