Tesis Aislada, , 1 de Enero de 1991 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Septimo Circuito, 01-01-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1991
Fecha01 Enero 1991
Número de registro223795
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

La sentencia que desestima o que declara improcedente la excepción de cosa juzgada no puede ser considerada como un acto en juicio de imposible reparación, en los términos de la fracción IV del artículo 114 de la Ley de Amparo, pues la afectación que pudiera ocasionar no afecta de manera directa e inmediata los derechos fundamentales del gobernado, sino sólo genera efectos formales e intraprocesales los cuales al obtener una sentencia favorable a sus intereses no dejarían huella en su esfera jurídica y por ello, dichas violaciones deben hacerse valer como conceptos de violación al promoverse el amparo directo en contra de la sentencia definitiva...

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