Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Enero de 1991 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-01-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1991
Fecha01 Enero 1991
Número de registro223875
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El beneficio que en favor de los trabajadores ferrocarrileros consigna la cláusula 343 del Contrato Colectivo de Trabajo, en los casos de incapacidad total permanente, tiene idéntica extensión que el otorgado por el artículo 495 de la Ley Federal del Trabajo, para el mismo caso en que el trabajador sufra una incapacidad de esa clase, toda vez que en ambos supuestos la obligación para la empresa estriba en pagar el importe de mil noventa y cinco días de salario, de manera que, siendo la obligación asumida por el patrón en el contrato colectivo, igual a la que le impone la Ley, no tiene relevancia que la reclamación se funde en uno o en otra, la responsabilidad es una y deriva de la incapacidad que produce el...

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