Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Enero de 1991 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-01-1991 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1991
Fecha01 Enero 1991
Número de registro224028
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

De conformidad con la cláusula 137 del Contrato Colectivo de Trabajo que rige las relaciones laborales entre Petróleos Mexicanos y sus trabajadores, cuando deba valuarse la incapacidad de un obrero que sufrió un riesgo y consiguientemente liquidársele la indemnización correspondiente, el patrón deberá cubrirle los salarios y prestaciones íntegras hasta el día del pago de la citada indemnización. Por lo tanto, si la indemnización por incapacidad permanente parcial le es enterada al trabajador tiempo después de haber sufrido el accidente de trabajo, esto simplemente revela que durante ese lapso el patrón valuó la incapacidad del prestador de servicios con el fin de liquidar la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR