Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Diciembre de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-12-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Diciembre 1992
Fecha01 Diciembre 1992
Número de registro217817
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme a los artículos 421 y 430 del Código Federal de Procedimientos Civiles, que norman la ejecución de sentencias, éstas no deben ser desobedecidas por las instituciones públicas, en virtud de que las partes dentro de un procedimiento judicial deben acatar lo ordenado en la sentencia dictada en el mismo por un juez competente y en el que se han seguido las formalidades esenciales del juicio conforme a las disposiciones legales aplicables, sin que se exima de tal obligación a las dependencias públicas federales, ya que estimar lo contrario sería tanto como aceptar...

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