Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Octubre de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-10-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Octubre 1992
Fecha01 Octubre 1992
Número de registro218211
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

La prueba de inspección judicial se puede efectuar indistintamente en la empresa demandada o en la propia Junta donde se esté tramitando el juicio laboral, pues el artículo 828 de la Ley Federal del Trabajo no establece que la inspección judicial únicamente se puede efectuar en el domicilio de la empresa demandada; además, conforme al artículo 783 de la propia Ley Federal del Trabajo, la Junta puede ordenar y requerir a las partes para que exhiban los documentos que juzguen convenientes para el esclarecimiento de la verdad, y si las nóminas, listas de raya y recibos de pago son documentos que de conformidad con el artículo 804, fracción II, del precitado ordenamiento legal, el patrón tiene la obligación de conservarlos y exhibirlos en el juicio, resulta evidente que no existe violación al...

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