Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Octubre de 1992 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-10-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Octubre 1992
Fecha01 Octubre 1992
Número de registro218374
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Si bien de conformidad con lo previsto por el artículo 152 de la Ley de Amparo, las partes para rendir pruebas pueden solicitar a los funcionarios o autoridades copias o documentos que les sean necesarios, y en caso de que éstos no cumplan con la obligación de expedírselos, la parte interesada puede pedir al juez de Distrito que requiera a los omisos, aplazando la audiencia; no menos cierto es, que tal disposición rige únicamente para las pruebas que se ofrezcan en el juicio de garantías y no en el incidente de suspensión, así como para la audiencia constitucional y no para la incidental, toda vez que el referido precepto legal forma parte del capítulo IV, título segundo del Libro Primero de la Ley de Amparo, relativo a la substanciación del juicio constitucional ante los juzgados de Distrito; y el diverso artículo 131 de la propia...

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