Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Julio de 1992 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-07-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Julio 1992
Fecha01 Julio 1992
Número de registro218959
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

El pago del ochenta y cinco por ciento que la Mutualidad Nacional de Trabajadores Textiles de 90-7 Ramo del Algodón debe pagar sobre la pensión de cesantía en edad avanzada o de vejez que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social, es procedente no sólo en relación al trabajador que haya prestado sus servicios en una sola empresa durante diez años como mínimo, sino también respecto al que lo haya hecho por ese período en dos o más empresas sujetas al Contrato Ley de la Industria Textil del Ramo del Algodón, sus Mixturas, Tarifas Mínimas, Uniformes...

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