Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Marzo de 1992 (Tesis de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-03-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Marzo 1992
Fecha01 Marzo 1992
Número de registro220042
MateriaDerecho Procesal,Civil

De conformidad con el artículo 31 del Código Adjetivo Civil para el Estado de Chiapas, no pueden acumularse en la misma demanda, acciones contrarias o contradictorias cuando una demande el resultado de la otra y la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que en el caso compete al juez de conocimiento determinar cuál es la acción principal...

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