Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Marzo de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-03-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Marzo 1992
Fecha01 Marzo 1992
Número de registro220296
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Cuando el cuarto párrafo del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación establece como requisito de procedencia del recurso de revisión a favor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que el asunto en cuestión trate de "las formalidades esenciales del procedimiento" implica, necesariamente que el problema a dilucidar verse sobre la inobservancia de las normas procesales que establecen formalidades íntimamente relacionadas con los derechos de defensa de las partes y cuya violación provoca la nulidad de lo actuado a partir de su realización, originando con ello la reposición del procedimiento; así, dentro de esas formalidades que constituirían propiamente las esenciales del procedimiento encontramos, entre otras, aquellas relativas a los requisitos establecidos en las normas adjetivas referentes a: el emplazamiento y las notificaciones; la recepción de pruebas; la observancia de los términos previstos en la ley; el conocimiento, por una de las partes, de los documentos o pruebas aportados por la contraparte en el proceso; la admisión de recursos que afecten partes substanciales del procedimiento que produzcan indefensión; y la competencia del órgano...

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