Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Febrero de 1992 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-02-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Febrero 1992
Fecha01 Febrero 1992
Número de registro220472
MateriaDerecho Civil,Civil

De acuerdo con los artículos 1868 y 2218 del Código Civil del Estado de Jalisco, la cláusula resolutoria implícita en todos los contratos bilaterales, permite entre las partes la rescisión de las compraventas en abonos cuando el comprador incumple sus obligaciones en lo tocante al pago del precio; pero de acuerdo con lo dispuesto por los numerales 1869, 2228 y 2938 de ese mismo ordenamiento, para que tal rescisión produzca efectos contra terceros, se requieren dos cosas, a saber: que en esas compraventas se haya convenido el pacto comisorio expreso y...

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