Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Febrero de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-02-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Febrero 1992
Fecha01 Febrero 1992
Número de registro220677
MateriaDerecho Procesal,Común

Si en los autos de un juicio se acredita presuntivamente, tanto por la falta de informe de la autoridad responsable, como por las pruebas rendidas por la quejosa, la existencia de un acto posterior a un embargo practicado, como en el remate de los bienes de la propia quejosa, es evidente que existe un hecho superveniente; por tanto, procede conceder la suspensión, no contra el embargo que ya se ejecutó sino contra sus consecuencias, que son el remate de los bienes embargados.


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