Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 1 de Enero de 1992 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 01-01-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1992
Fecha01 Enero 1992
Número de registro220791
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Si bien es cierto que la cláusula 106 del Contrato Colectivo de Trabajo que rige las relaciones laborales entre Ferrocarriles Nacionales de México y sus trabajadores, no contempla el pago de salarios vencidos, pues únicamente se habla de los períodos que como tolerancia o límite se le otorga a la empresa para que lleve a cabo la reinstalación en los casos que así proceda, sin el pago de los susodichos salarios vencidos, también es verdad que no señala que los mismos sean improcedentes en el lapso posterior a aquel en que se debió reinstalar el...

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