Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Enero de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-01-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1992
Fecha01 Enero 1992
Número de registro220807
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Aun dando por cierto el extravío del expediente de amparo, esa circunstancia no justifica la inactividad procesal del quejoso, habida cuenta de que con base en el artículo 35 de la Ley de Amparo, puede promoverse incidente de reposición de autos, y así subsanar la irregularidad. De esa suerte, cuando no se procede como queda indicado, resulta indudable que tácitamente se está consintiendo la inactividad, sin que pueda aceptarse el argumento de que se incurrió en ella "por causas ajenas a la voluntad", y válido resulta concluir, entonces...

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