Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 1 de Enero de 1992 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Septimo Circuito, 01-01-1992 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1992
Fecha01 Enero 1992
Número de registro220875
MateriaDerecho Penal,Penal

En el Código Penal del Estado de Veracruz no existe disposición legal que establezca que para la procedencia de la querella en los delitos de abandono de familiares y de incumplimiento de la obligación de dar alimentos, la parte ofendida deba agotar previamente algún medio de apremio o acudir a la vía civil para exigir responsabilidad al agente.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEPTIMO CIRCUITO

Amparo directo 1500/89. J.L.P.R.. 26 de septiembre de 1991. Unanimidad de votos. Ponente: G.A.M.J.. Secretario: H.S.V..


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