Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito, 1 de Agosto de 1993 (Tesis num. XV.1o.65 C de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Quinto Circuito, 01-08-1993 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXV.1o.65 C
Fecha de publicación01 Agosto 1993
Fecha01 Agosto 1993
Número de registro215223
MateriaCivil

En estricta interpretación del artículo 2050 del Código Civil del Estado de Baja California, sólo pueden pedir la nulidad de un acto simulado los terceros que resulten perjudicados con dicha simulación, o el Ministerio Público cuando ésta se cometa en transgresión de la ley o de la hacienda pública; luego entonces, si quien demanda tal nulidad tiene el carácter de parte en el acto cuya nulidad se pretende, es obvio que carece de legitimación para ejercitar tal derecho.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO QUINTO CIRCUITO.

Amparo directo 135/93. M.Z.A.. 11 de mayo de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: M.A.M.H.. Secretario: E.R.A..


Nota: Por ejecutoria del 21 de junio de 2017, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 407/2016 derivada...

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