Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 1 de Agosto de 1993 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Cuarto Circuito, 01-08-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Agosto 1993
Fecha01 Agosto 1993
Número de registro215273
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

No puede estimarse que el auto que desecha el recurso de apelación hecho valer contra la resolución que declara improcedente el incidente de falta de personalidad, en forma alguna pueda ser reparado posteriormente, pues si bien es cierto que el artículo 114 de la Ley de Amparo, establece la procedencia del amparo biinstancial contra actos en el juicio que tengan sobre las personas o las cosas una ejecución que sea de imposible reparación, este supuesto no se da en el caso, ya que la "ejecución de imposible reparación" respecto de actos en juicio, se da cuando se afecta de manera cierta e inmediata algún derecho sustantivo protegido por las garantías individuales, de suerte que tal afectación no sea susceptible de repararse con el fallo favorable del juicio por haberse consumado irreparablemente la violación en el disfrute de la garantía individual; y en la especie, el acto reclamado sólo afecta derechos de naturaleza adjetiva o procesal, pues los efectos son meramente formales y reparables en sentencia a favor del afectado, por lo...

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