Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 1 de Agosto de 1993 (Tesis de Tribunales Colegiados de Circuito, 01-08-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Agosto 1993
Fecha01 Agosto 1993
Número de registro215278
MateriaDerecho Penal,Penal

El artículo 16 de la Carta Magna establece que no podrá librarse orden de aprehensión sino por un hecho determinado que la ley castigue con pena corporal, y si en algún caso las constancias revelan que en la conducta desplegada por el inculpado concurrió alguna causa excluyente de incriminación, es obvio que, entonces, el juez de la causa penal está obligado a examinar sobre dicha circunstancia, pues ésta afecta al hecho perseguido por el Ministerio Público y las causas que excluyen la responsabilidad penal significan que la conducta desplegada por el indiciado no es culpable o antijurídica o punible, de modo que si aquella conducta así calificada no encuadra un hecho que la ley castiga con pena corporal, por faltarle alguno de los elementos esenciales del delito, no procede...

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