Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 1 de Agosto de 1993 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, 01-08-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Agosto 1993
Fecha01 Agosto 1993
Número de registro215752
MateriaDerecho Penal,Penal

Para tener por acreditado el delito de vagancia y malvivencia previsto por el artículo 181 del Código Penal para el Estado de México, es menester que los malos antecedentes del acusado queden comprobados por datos de los archivos judiciales o de las oficinas policiacas de la investigación, y queda a cargo del propio acusado la prueba de que al ser aprehendido se dedicaba a un trabajo honesto.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO.

Amparo directo 452/93. B.H.P. y otra. 16 de junio de 1993. Unanimidad de votos. Ponente: J.A.M.G.. Secretaria: J.M.E.A.C..


Véase:


A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1988, Segunda Parte, Jurisprudencia 2017, página 3240.

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