Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Marzo de 1993 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado del Vigesimo Primer Circuito, 01-03-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Marzo 1993
Fecha01 Marzo 1993
Número de registro216882
MateriaPenal

Atento al tipo penal descrito por el artículo 248, del Código Penal vigente en el Estado de Guerrero, para la configuración del delito de cohecho, no es requisito indispensable probar que el sujeto activo recibió una cantidad de dinero, para dejar de hacer lo que conforme a la ley estaba obligado, sino basta, con...

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