Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Marzo de 1993 (Tesis num. X.1o.28 K de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Circuito, 01-03-1993 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónX.1o.28 K
Fecha de publicación01 Marzo 1993
Fecha01 Marzo 1993
Número de registro216885
MateriaDerecho Procesal,Común

Acorde al contenido de los artículos 51 y 52 de la Ley de Amparo, el conflicto competencial por razón territorial, sólo puede promoverse mediante el incidente correspondiente, hasta antes de que el juez de Distrito pronuncie la sentencia que ponga fin a la instancia, por lo que una vez fallado el asunto, no es factible someter esta cuestión al tribunal revisor, pues a éste no le corresponde indagar si el juez federal de su circuito tenía o no competencia.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO CIRCUITO.

Amparo en revisión 309/92. J.A.P.. 3 de...

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