Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Marzo de 1993 (Tesis de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-03-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Marzo 1993
Fecha01 Marzo 1993
Número de registro217162
MateriaDerecho Civil,Civil

El artículo 1026 del Código Civil para el Estado de Chiapas, establece que: "El usufructo se extingue ... V.- Por prescripción conforme a lo prevenido respecto de los derechos reales"; sobre el particular el diverso numeral 823 del mismo ordenamiento civil, prevé: "Se pierde la posesión de los derechos cuando no se ejercen por el tiempo que baste para que queden prescritos"; y el dispositivo 1147 de la ley sustantiva civil en comento, dice: "Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años contados desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento"; por tanto, si ha transcurrido con exceso el término de diez años a que se refiere el precepto señalado en último término, sin que el quejoso...

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