Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 1993 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1993
Fecha01 Enero 1993
Número de registro217503
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa

De lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 84 de la Ley del Seguro Social se advierte que los avisos de ingreso o alta de los trabajadores asegurados y los de modificaciones de su salario, entregados al instituto después de ocurrido el siniestro, en ningún caso liberan al patrón de la obligación de pagar los capitales constitutivos, aun cuando los hubiese presentado dentro del término previsto en la ley. Ahora bien, tratándose del seguro obligatorio para los trabajadores de la construcción también es aplicable dicho precepto, pues sus patrones no están exentos de presentar esos avisos dentro de los plazos que establece la ley, como lo señala el artículo 9 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, y lo único que sucede es que, a diferencia de los demás sujetos obligados, estos patrones podrán optar por utilizar en sustitución de tales avisos el formato denominado "comprobante de afiliación-vigencia"...

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