Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Enero de 1993 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-01-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1993
Fecha01 Enero 1993
Número de registro217521
MateriaPenal

Una correcta interpretación del artículo 127 bis del Código Federal de Procedimientos Penales, lleva a considerar que no necesariamente debe ser un abogado la persona que asista al indiciado al emitir su declaración ministerial, cuenta habida que la fracción II, inciso B, del artículo 128 y la fracción II del artículo 287, ambos del código antes mencionado, establecen, como uno de sus requisitos, para que una declaración tenga el carácter de confesión, que deba ser rendida...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR