Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Enero de 1993 (Tesis de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-01-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Enero 1993
Fecha01 Enero 1993
Número de registro217564
MateriaDerecho Civil,Civil

El principio de proporcionalidad a que alude el artículo 365 del Código Civil del Estado de Jalisco, señala que al fijar el monto de la pensión alimenticia que debe cubrir el obligado, se tomen en consideración sus posibilidades, por lo que, si en un caso determinado, éste acredita que tiene otros acreedores de la misma naturaleza, además del accionante, el juzgador debe tomar en cuenta esta circunstancia para fijarle el monto que le corresponda; y ello, sin necesidad de que los restantes ejerciten la acción de que...

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